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Con solo que tenga alguno de estos síntomas de resfrío, le harán prueba Covid-19 en la Caja

Karla Barquero [email protected] | Miércoles 26 mayo, 2021 11:00 a. m.


Una persona tosiendo con mascarilla y el logo de la Caja
Elaboración propia/La República


A partir del próximo lunes cualquier asegurado con síntomas similares a los del resfriado o algunas molestias estomacales podrá hacerse la prueba de antígeno en los servicios de emergencias o en las áreas de salud en las que haya consultas diferenciadas para atender Covid-19.

Esto se convertirá en una de las claves para evitar el contagio en las próximas semanas: saber quién puede tener Covid-19 por resultado de laboratorio sin haberlo sospechado por síntomas, dado que las molestias hasta ese momento parecían un resfriado común. 

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De esta manera cualquier asegurado puede solicitar la prueba si tiene al menos dos de los siguientes síntomas:

  • Confusión mental, esto quiere decir que desvaría o se siente desorientado
  • Congestión nasal
  • Debilidad
  • Diarrea
  • Dolor abdominal
  • Dolor de cabeza
  • Dolor de garganta
  • Dolor de músculos
  • Escalofríos
  • Fatiga
  • Fiebre
  • Náuseas
  • Vómitos
  • El test también lo podrán solicitar quienes presenten uno de los signos más conocidos de la enfermedad como los siguientes: tos, falta de aire, dificultad respiratoria, falta del sentido del olfato o del gusto

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Las pruebas de antígeno detectan las proteínas del virus y alertan si una persona tiene infección, la muestra se toma con un hisopo que recolecta el fluido de la nariz para el laboratorio.

El resultado se notificará por el correo electrónico y la persona recibirá la orden sanitaria de aislarse para evitar el contagio.

La persona deja el correo electrónico al momento de tomar la muestra y su manifiesta el deseo de que sea informado del resultado por esa vía para así evitar regresar al establecimiento de salud.

A partir del resultado, si es positivo, la persona debe recluirse en su casa, aumentando al máximo posible el contacto con quienes convive y debe anunciarle a su empleador que ha recibido una orden sanitaria para que estudien la posibilidad de hacer teletrabajo, cuando esto es posible o se gestiona la incapacidad cuando lo amerite.


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