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¿Deben pagar algún tipo de marchamo los ciclistas? Aquí la respuesta

Walter Herrera [email protected] | Miércoles 10 marzo, 2021 11:17 a. m.


ciclistas
Archivo/La República


En la legislación actual, no existe un rubro a la hora de realizar la cancelación del pago del marchamo, que diga, que el pago del marchamo es el derecho de los automotores a circular en las carreteras o de hacer uso de la infraestructura vial.

La Campaña Respete al ciclista explicó el tema: “¿Por qué leemos en muchos comentarios, que los ciclistas debemos pagar el marchamo? Respuesta: por ignorancia, falta de educación en la materia o simplemente comentarios emocionales (al calor de un evento)", explican.

Lea más: "Ciclistas nunca impedimos el libre tránsito porque somos parte del tránsito": Aconvivir

El marchamo o derecho de circulación está tipificado para vehículos automotores, es decir, que usan una máquina para su funcionamiento (no de tracción humana como la bicicleta).

Además, el pedalista Andrés Gutiérrez publicó en sus redes sociales un comentario en el que trataba sobre este tema.

“El marchamo no le da prioridad a los automotores sobre los ciclistas. El marchamo es un impuesto a la propiedad del vehículo y busca compensar el desgaste que producen los automóviles sobre las carreteras (por si no lo sabían). Por tanto, las bicis no pagan marchamo porque el desgaste que producen sobre el asfalto no existe. Además, no contaminan”, indicó Gutiérrez.

Además, el pago de marchamo es básicamente un pago de impuestos por la contaminación que causa el automotor, eso tratando de compensar todo el daño ambiental que causan los vehículos.

Lea más: “Ningún rubro del marchamo es el derecho divino de moverse por las calles”: Aconvivir

En ninguna parte se menciona que el pago se realiza por un derecho de circulación o uso de la red vial.

Y ejemplo de eso, es que los carros eléctricos pueden solicitar la exoneración del pago del marchamo.

La exoneración se realiza al impuesto de la propiedad de los automóviles eléctricos, que representa alrededor del 65,6% del total de la inversión del derecho de circulación.

En Costa Rica los ciclistas pueden pagar la licencia anual a la Federación Costarricense de Ciclismo, la cual, brinda una póliza y una serie de beneficios para quienes la posean durante el año.

Además, de poder competir en todos los eventos federados, la importancia de estar federado o tener licencia FECOCI, es que te permite disponer de una póliza de seguro con el Instituto Nacional de Seguros (INS) para atención médica en caso de un accidente, por incapacidad total o muerte accidental, tanto en competición, en entrenamientos, si utilizas la bicicleta como medio de transporte, por trabajo o simplemente si utilizas la bicicleta por ocio.

Según la nueva Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística, los ciclistas pueden circular en las vías públicas cuya velocidad permitida no sea igual o mayor a ochenta kilómetros por hora (80 km/h). La persona ciclista podrá circular por el centro del carril, para garantizar así su seguridad.


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