¡Salvar la ley de aguas!
Vilma Ibarra [email protected] | Jueves 23 julio, 2015
Resulta demencial imaginar que ahora, en puertas de su tramitación final, los diputados pudieran dar al traste con un esfuerzo de 16 años
Hablando Claro
¡Salvar la ley de aguas!
Un largo camino —como el que recorren prácticamente todas las leyes en el país antes de ver la luz de la reglamentación y la ejecución— ha transitado la Ley de Gestión Integral para el Recurso Hídrico y resulta demencial imaginar que ahora, en puertas de su tramitación final, los diputados pudieran dar al traste con un esfuerzo de 16 años (nada menos que cuatro administraciones gubernamentales) llevado adelante por quienes con paciencia franciscana se han empeñado contra viento y marea en modernizar la deficiente, obsoleta y caótica normativa vigente en materia de aguas en el país.
Francamente resulta frustrante que seamos incapaces de resolver, modificar y mejorar una iniciativa de ley —para más señas, una producto de la iniciativa popular— a la que de acuerdo con el pronunciamiento constitucional deben corregírsele dos artículos y suprimírsele un transitorio de sus más de 130 artículos y 12 transitorios.
Ciertamente, la cantidad de artículos no dice nada. Lo que sí debería decirles mucho a los señores y señoras diputadas, es que la pretendida nueva legislación fue construida en un proceso participativo con gran cantidad de actores y es producto de la genuina preocupación en torno a los vacíos y obsolencias legales que cada día permiten mantener un estado de situación mucho muy perjudicial para la planificación y la gestión del recurso hídrico del país.
Algo así como imaginar un país sentado en un pozo de petróleo que no tuviera una normativa estratégica y transparente para su explotación y protección a corto, mediano y largo plazo.
Reconozco mi desconocimiento específico de la materia, pero me dejo guiar por numerosos especialistas —de cuya ideoneidad ni intenciones nadie duda— que sostienen que la nueva ley que está ahora en veremos, resolvería el nudo gordiano que ha originado que la ley de 1942 tenga que ser interpretada en cada caso por la Procuraduría, la Contraloría y la Sala IV armando con ello un zipizape resolutivo de buenas intenciones pero que no ayuda en nada a la cruda realidad no solo del criminal desperdicio de un recurso por el que en otros lares la gente está dispuesta a morir, o tristemente muere muy a su pesar, sino también de la ilegalidad que campea en un territorio en el que los pozos ilegítimos duplican la cantidad de los legales.
Entre otras consideraciones, esta ley marco para todos los aprovechamientos del agua, planifica el recurso desde la gestión de las cuencas hidrográficas, eleva a rango de ley los costos sociales, económicos y ambientales del líquido e incorpora el valor de la conservación del recurso. Ciertamente no debe ser una ley perfecta. No la hay. Pero es un gran avance en una materia en la que el país está en deuda.
Algunos pocos —seguramente más por desinformación y temores infundados que por otros motivos— quieren que se archive esta nueva ley.
Sería un retroceso imperdonable que nuestros legisladores fueran incapaces de corregir los errores detectados por la Sala IV y prefirieran, en lugar de hacer esa pequeña tarea, tirar el esfuerzo de 16 años al canasto de la basura.
Vilma Ibarra
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